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viernes, 11 de julio de 2014

CERRADO EL EXPEDIENTE PARA LA DENUNCIA A INSPECCIÓN PARA ARTÍCULOS ILEGALES DEL ART.41

El miércoles pasado fuimos a Inspección de Trabajo de Barcelona y la inspectora que lleva el caso de la denuncia por las cláusulas ilegales del 41 (Modificación Sustancial de Condiciones de Trabajo de hace un año) nos confirmó que ya ha cerrado el informe, de hecho, nos acaba de llegar la resolución, que como era de esperar es favorable a los intereses de los trabajadores de HP.

Una denuncia y una resolución que habría podido evitar si la empresa hubiera avenido a negociar el 41 y a atender las propuestas que hicimos desde la parte social hace un año, pero como recordaréis bien todos, prefirió no llegar a ningún acuerdo. Ya entonces avisamos que había cláusulas que eran claramente contrarias a la legalidad vigente.

Posteriormente, a raíz de las actuaciones de Inspección tras las denuncias presentadas, ofrecimos a la compañía la posibilidad de abrir una negociación que englobase, entre otros, todos los temas relacionados con el 41, desde los importes de las guardias hasta a la revisión automática de los salarios, pasando por una jornada y calendario que dé respuesta a las necesidades de negocio y de los trabajadores.

En ningún caso queremos limitar a adaptar el 41 a la legalidad manteniendo los perjuicios que supuso aquella Modificación Sustancial de Condiciones de trabajo.

Desgraciadamente la respuesta de la empresa ha sido negativa y ahora se expone a multas y sanciones. No es la primera vez que la empresa opta por la confrontación en lugar de abrir las vías de negociación, sin entender que alcanzar acuerdos con los representantes de los trabajadores es un éxito por su parte, aunque no alcancen el 100% de sus objetivos , lo que tampoco consiguen por la vía del conflicto como ha quedado demostrado en tantas ocasiones.

Cuando hemos sido capaces de sentarnos a negociar y se ha implicado la gente de negocio, los responsables de dar el servicio a nuestros clientes, hemos llegado a acuerdos y todos hemos salido beneficiados. Esta vez, al menos hasta ahora, no se ha querido hacer así.

A grandes rasgos, las ilegalidades detectectades para la inspección son:
  • Todas las horas de guardia o realizadas fuera de la jornada ordinaria sin planificar son horas extras, por lo tanto:
  • No pueden ser obligatorias, las disponibilidades / guardias tampoco,
  • Las horas de franquicia son ilegales y deben compensar como horas extras,
  • Se han de compensar, si es en tiempo, como mínimo a 1,75 horas por cada hora trabajada, como marca el convenio.
  • Las IOP también son horas extras, por lo tanto deben cumplir las mismas condiciones que el punto anterior. 
  • Como no hay acuerdo, no hay flexibilidad horaria, y por tanto, la jornada irregular queda limitada a un 10% de la jornada anual, preaviso de 5 días y el límite de 9 horas diarias de jornada máxima (incluyendo la jornada habitual más la irregular). Como ya hacemos 8:20 minutos cada día de lunes a jueves (excepto la gente que hace turnos) podrían alargar la jornada un máximo de 40 minutos al día, a la entrada o a la salida.
Por todo ello la Inspección ha abierto acta de infracción por vulneración de 5 artículos del Estatuto de los trabajadores y 1 del Convenio colectivo. Desde el primer día dijimos que este 41 era una chapuza, ahora lo podemos decir aún con más fundamento.

Desde hoy mismo comenzamos a reclamar a la empresa que proceda a compensar las horas no compensadas (franquicia) o compensadas irregularmente.

Desde CCOO ya hemos iniciado los trámites para interrumpir la prescripción del plazo para reclamar los importes no abonados, así nos aseguramos que podremos reclamar todas las cantidades desde julio del año pasado.

En pasados comunicados, desde hace un año, ya hemos recordado la necesidad de mantener un registro de todas las horas extras realizadas y no cobradas (guardias, extensiones de jornada, IOP's, etc...) o compensadas en tiempo por debajo del convenio (1.75 por hora trabajada).
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